Si bien en nuestro País no hay ningun tipo de alerta sobre la Coca Cola no esta demás, conocer esta información y saber que:

Los lotes retirados tienen códigos de producción entre 328 GE y 338 GE.

La marca de refrescos ha anunciado el retiro de varios lotes de bebidas en Bélgica y Luxemburgo debido a una alta concentración de clorato, un contaminante alimentario cuya regulación sigue en un terreno incierto.

La alerta afecta a todas las variantes de Coca-Cola, Sprite, Fanta, Fuze Tea, Minute Maid, Nalu, Royal Bliss y Tropico en formato de lata y botellas de vidrio consignadas.

El clorato, un compuesto derivado del ácido clórico, ha irrumpido en el debate público tras su detección en productos de Coca-Cola en Bélgica y Luxemburgo. Este anión, considerado un contaminante alimentario, puede aparecer en los alimentos debido al uso de aguas tratadas con cloro, un proceso común en la desinfección de productos vegetales y en la industria alimentaria.

Sin embargo, su presencia en niveles elevados ha despertado la inquietud de las autoridades sanitarias y ha llevado a un retiro masivo de bebidas.

¿qué sucedió y qué productos están afectados?

El 27 de enero de 2025, Coca-Cola Europacific Partners Belux, en colaboración con las agencias de seguridad alimentaria de Bélgica y Luxemburgo, anunció el retiro de varios lotes de bebidas debido a una concentración excesiva de clorato.

La alerta afecta a todas las variantes de Coca-Cola, Sprite, Fanta, Fuze Tea, Minute Maid, Nalu, Royal Bliss y Tropico en formato de lata y botellas de vidrio consignadas, siempre que presenten códigos de producción entre 328 GE y 338 GE. Con todo, para la tranquilidad de los consumidores, cabe advertir que los productos distribuidos en España no están afectados.

Los lotes retirados tienen códigos de producción entre 328 GE y 338 GE.

¿Existen riesgos para la salud?

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha evaluado los riesgos asociados con la exposición al clorato en alimentos. En el caso específico de las bebidas retiradas por Coca-Cola, los análisis de expertos independientes concluyen que el riesgo para los consumidores es mínimo. Sin embargo, el principio de precaución ha llevado a la retirada de los productos, garantizando que la exposición no supere los umbrales considerados seguros.

Con todo, el incidente con Coca-Cola pone de manifiesto la necesidad de una regulación clara y efectiva para el clorato en alimentos y bebidas. A medida que las normativas evolucionan, es probable que la industria deba ajustar sus procesos para minimizar la presencia de esta sustancia, cuyos efectos en la salud humana serían, según los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades:

  • Al respirarlo, puede causar irritación en la nariz, la garganta y los pulmones.
  • Al ingerirlo, es posible que ocasione irritación en la boca, el esófago o el estómago.
  • Además, puede ocasionar falta de aire u otros problemas respiratorios, ya que afecta a las sustancias en la sangre encargadas de transportar el oxígeno a través de nuestro cuerpo.

Un limbo regulatorio que complica el control del clorato

A pesar de que ya no está autorizado en la Unión Europea como plaguicida ni biocida, sigue presente como residuo en los alimentos debido a su uso histórico y a los procesos industriales actuales. La Comisión Europea ha debatido durante años cómo regular su concentración en los productos de consumo, ya que los límites establecidos para los plaguicidas prohibidos no se ajustan del todo a esta sustancia.

El marco normativo europeo ha intentado abordar esta cuestión a través del Reglamento (CE) núm. 396/2005, que fija los límites máximos de residuos para plaguicidas en los alimentos. Sin embargo, dado que el clorato no se utiliza con este propósito, su regulación sigue en un terreno incierto.

El Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos (Comité Paff) ha determinado que el límite genérico de 0,01 mg/kg no es aplicable en este caso y que, hasta que se establezcan valores específicos, cada situación debe evaluarse individualmente bajo el Reglamento (CE) núm. 178/2002.

Desde 2019, un borrador de modificación del reglamento ha estado pendiente de aprobación, el cual establecería límites más flexibles para el clorato, oscilando entre 0,02 y 0,35 mg/kg según el producto. Mientras tanto, la industria alimentaria opera en un entorno de incertidumbre regulatoria, lo que complica la prevención de incidentes como el de Coca-Cola.

 

Los lotes retirados tienen códigos de producción entre 328 GE y 338 GE.

Por OVB

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