La ANMAT prohibió la elaboración y comercialización de una marca de manteca por considerarla ilegal y peligrosa para el consumo.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) vetó la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea.

Se trata de la “Manteca, primera calidad, pasteurizada, marca La Campana, RNE 02-030758, RPPA 02-533339”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, según detalló la ANMAT en la Disposición 8081/2024, publicada en el Boletín Oficial.

En el documento, la ANMAT informó que esta manteca carece de registros de establecimiento y producto, y está falsamente rotulado al exhibir un RNE (Registro Nacional de Establecimiento) perteneciente a otra razón social y un RPPA (Registro Provincial de Producto Alimenticio) que no se encuentra vigente y que pertenece a un producto de otra marca, resultando ser ilegal.

La investigación se inició a partir del reclamo de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto rotulado como “Manteca, primera calidad, pasteurizada, marca La Campana, contenido neto 200 gramos, RNE 02-030758, RPPA 02-533339”, debido a que no presentaría las características organolépticas propias de la manteca.

El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), consultó a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires para verificar la información declarada en el rótulo del producto investigado, y si el RPPA se encontraba autorizado. La respuesta fue que la empresa asociada al RNE no elabora dicho producto y que el RPPA, que no se encuentra vigente, y corresponde a otra marca.

En este punto, la empresa asociada al RNE se comunicó con la DIPA para informar que no elabora esa manteca, en cuyo rótulo se declara falsamente su RNE como establecimiento productor, y que la desconoce como propia, Además, solicitó la publicación de la alerta alimentaria correspondiente y la prohibición de comercialización del producto a nivel nacional.

Por su parte, la DIPA emitió una alerta para que la población se abstenga de consumir el producto investigado y que los comerciantes cesen su comercialización al no poder garantizarse las condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control y su inocuidad.

Por OVB

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